Clasificación de las garantías

Las garantías se clasifican conforme al objeto que persiguen proteger en:

Garantías de igualdad. Son las que procuran eliminar toda clase de discriminación entre los seres humanos, por razón de raza, sexo, edad, condición socioeconómica o política (artículos 1, 2, 4, 12 y 13).

– Igualdad para todos los individuos, no a la esclavitud.
– Reconocimiento a los derechos de los pueblos indígenas e igualdad
de oportunidades.
– Eliminación de títulos de nobleza y honores hereditarios. Prohibición de tribunales especiales y leyes privativas.

Garantías de libertad. Son las que tienen como finalidad permitir a los individuos un amplio margen de actuación de acuerdo con la ley y las buenas costumbres (artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 19, 11 y 24).

– Libertad para planificar la familia.
– Libertad de profesión y derecho al trabajo remunerado. Libertad de manifestación de las ideas.
– Derecho a la información.
– Libertad de prensa y publicación de escritos. Derecho de petición.
– Libertad de asociación y reunión.
– Libertad de posesión de armas en el domicilio y su portación en los
casos que fija la ley. Libertad de tránsito.
– Libertad de creencias.

Garantías de seguridad jurídica. Son las que buscan que los individuos tengan la certeza de que el ordenamiento jurídico se aplicará en cualquier situación en que tengan relación con la autoridad. Garantizan el estado de derecho (artículos 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23).

– No retroactividad de la ley, privación de derechos sólo mediante juicio y principio de legalidad.
– Detención sólo con orden judicial y garantía de mandamiento escrito
motivado y fundado por autoridad competente.
– Prohibición de encarcelamiento por deudas civiles.
– Separación de hombres y mujeres en prisión y tratamiento especial
para menores infractores.
– Garantía del auto de formal prisión.
– Derechos del inculpado en el proceso penal.
– Persecución de delitos por parte del Ministerio Público y la policía judicial.
– Prohibición de penas contra la dignidad humana.
– Nadie puede ser juzgado por el mismo delito. Ningún juicio criminal podrá tener más de tres instancias.

Garantías sociales. Son las que tienen por objeto que el Estado realice acciones positivas para procurar a los grupos sociales el goce de sus derechos como colectividad (artículos 3, 27 y 123).

– Derecho a la educación.
– Derecho a la propiedad privada y agraria y sus limitaciones. Derecho al trabajo y prestaciones al trabajador.

Suspensión de garantías

La garantías pueden ser suspendidas o restringidas solamente en los casos previstos en la misma Constitución, de acuerdo con lo estipulado en su artículo 29, que señala que el presidente de la república con el acuerdo de secretarios de estado, jefe de gobierno del Distrito Federal y procurador de la república, y con aprobación del Congreso de la Unión y en su caso de la Comisión Permanente, podrá suspender o restringir en toda la República las garantías en caso de invasión, perturbación grave de la paz pública o cualquier acontecimiento que ponga en peligro a la sociedad, por un tiempo determinado, de manera general y no individual.

Fuente: Conceptos jurídicos fundamentales de la facultad de contaduría y administración, UNAM.