Facultades y obligaciones del presidente de la república

El artículo 89 constitucional señala las facultades y obligaciones del presidente, de las cuales mencionaremos, entre otras, las siguientes:

– Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión,
proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
– Nombrar y remover libremente a los secretarios de estado y demás
empleados de la Unión.
– Nombrar ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, con
aprobación del Senado.
– Nombrar a los oficiales de las fuerzas armadas, así como disponer de las mismas y de la guardia nacional para la seguridad interior y
defensa exterior de la federación.
– Declarar la guerra en nombre del estado, previa ley del Congreso de la Unión.
– Designar, con ratificación del Senado al procurador general de la república.
– Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Congreso.
– Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas y designar su ubicación.
– Presentar a consideración del Senado, la terna para la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia.

Fuente: Conceptos jurídicos fundamentales de la facultad de contaduría y administración, UNAM.