IVA pendiente de acreditar

Debe
– Al inicio del ejercicio, por el saldo que se tiene derecho de acreditar (por las adquisiciones a crédito).

– Durante el ejercicio, por las adquisiciones que se efectúan a crédito.

Saldo deudor:
– Representa el importe pendiente de acreditar por adquisiciones a crédito.

Haber

– Por el importe que originen las devoluciones, rebajas o descuentos sobre compra de mercancías o cancelación de servicios a crédito.

– Por cada parcialidad o importe que se pague en efectivo se deberá traspasar a la cuenta IVA acreditable pagado.

Fuente: Contaduría Básica I de la facultad de contaduría y administración, UNAM.