Los contratos civiles

El Código Civil Federal contempla a los contratos preparatorios o preliminares, los cuales son pactos previos a la celebración del contrato definitivo; tienen el carácter provisional porque su único objeto es asegurar el cumplimiento del mismo.

El contrato preparatorio que reglamenta la ley es el contrato de promesa, donde una de las partes, llamada promitente, se obliga con su acreedor a la celebración de un contrato futuro.

La promesa de contrato sólo da origen a obligaciones de hacer, consistentes en celebrar el contrato respectivo de acuerdo con lo ofrecido; para que sea válida, es necesario que conste por escrito, que contenga los elementos característicos del contrato definitivo y limitarse a cierto tiempo.

Fuente: Conceptos jurídicos fundamentales de la facultad de contaduría y administración, UNAM.