Por depreciaciones y amortizaciones

Ajustes por depreciación

La depreciación se da cuando los bienes que han sido adquiridos para llevar a cabo las operaciones de la entidad (edificios, mobiliarios, equipo de reparto, equipo de trasporte, etcétera) sufren una baja de valor por el uso o porque resultan obsoletos.

Existen varios métodos para determinar la depreciación de los bienes: línea recta, unidades producidas, horas de funcionamiento, kilómetros recorridos, número de dígitos, tasa fija sobre valor decreciente, etcétera.

A continuación explicaremos el método de línea recta utilizado para efectos fiscales (depreciación fiscal), el cual emplea los siguientes términos:

Valor original. Precio al que se adquirió el bien.
Vida probable. Tiempo que puede durar en servicio el bien.
Valor de desecho. Precio que puede tener el bien después de haberse usado durante su vida probable.
Depreciación total. Diferencia entre el valor original y el de desecho (DT).

El método de línea recta es muy sencillo y consiste en restar del valor original el valor de desecho. La diferencia es la depreciación total.

Por ejemplo:

Adquirimos una computadora en $14,000. Su vida probable es de tres años; y su valor de desecho, de $1400. Se utiliza en el área administrativa.

Si lo registras en esquemas de mayor quedaría así:

La depreciación es una cuenta complementaria de activo. Hay tantas cuentas complementarias como bienes se deprecien (excepto el terreno, porque tiene plusvalía, es decir, incrementa su valor con el paso del tiempo).

Hay dos tipos de depreciación:

Contable. Resulta de la aplicación de otros procedimientos (métodos) diferentes a los obtenidos al usar los porcentajes que marca la ley.
Fiscal. Resulta de la aplicación de los porcentajes que indica la ley.

Cuando la empresa calcula y contabiliza ambas depreciaciones, la contable se debe registrar en cuentas de resultados y complementarias de activo y la fiscal, en cuentas de orden.

Ajustes por amortización

Recuerda que el ajuste por amortización es la aplicación a gasto de un activo diferido en proporción a su valor y tiempo estimado de vida.

La amortización anual se determina dividiendo su valor original entre el número de ejercicios que se le estima de vida probable (debe considerarse que al concluir ese lapso no tenga valor de desecho). No obstante, si se prevé que al concluir su vida probable tendrá cierto valor de desecho se determina igual que la depreciación anual por el método de línea recta.

Hay dos tipos de amortización:

– Contable. Resulta de la aplicación de otros procedimientos o de los porcentajes que marca la ley.
– Fiscal. Resulta de la aplicación de los porcentajes que establece la ley.

Cuando calculamos y contabilizamos ambas amortizaciones, la amortización contable debe registrarse en cuentas de resultados y en complementarias de activo y la fiscal, en cuentas de orden.

Fuente: Contaduría Básica I de la facultad de contaduría y administración, UNAM.