Requisitos para ser presidente de la república

El artículo 82 constitucional señala que para ser presidente se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, e hijo de padre o madre mexicanos y haber residido en el país al menos durante veinte años;

II. Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección;

III. Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección;

IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto;

V. No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al ejército, seis meses antes del día de la elección;

VI. No ser secretario o subsecretario de estado, jefe o secretario general del departamento administrativo, procurador de la república o
gobernador de algún estado, a menos que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección; y

VII. No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83 (no haber sido presidente de la república con anterioridad).

Fuente: Conceptos jurídicos fundamentales de la facultad de contaduría y administración, UNAM.