Teorías morales

Se han desarrollado tres tipos básicos de teorías morales en el campo de la ética normativa:

1. La teoría utilitaria. Sugiere que los planes y acciones se evalúan según sus consecuencias.

La idea fundamental es que los planes o las acciones deben producir el mayor bien para el mayor número de personas.

2. La teoría basada en los derechos. Sostiene que todos los seres humanos tiene derechos básicos. Algunos ejemplos son los derechos a la libertad de conciencia, la libertad de expresión y a un juicio legal.

Algunos de estos derechos se pueden encontrar en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

3. La teoría de la justicia. Exige que la justicia y la equidad, así como la imparcialidad guíen a quienes toman las decisiones.

Los administradores, en especial los de más alto nivel que son los líderes más influyentes, tienen la responsabilidad de crear un ambiente organizacional que fomente la correcta toma de decisiones mediante la institucionalización de la ética.

Esto significa aplicar e integrar los conceptos éticos a las acciones diarias. Para ello Theodore Purcell y James Weber sugieren tres alternativas:

1) Establecer una política apropiada para la compañía o un código de ética.
2) Utilizar un comité de ética formal.
3) Enseñar la ética en los programas de desarrollo gerencial.

La forma más común de institucionalizar la ética es establecer un código de ética: mucho menos común es el uso de comités de ética.

Muy rara vez se usan programas de desarrollo gerencial que se relacionen con temas éticos, aunque compañías globales como Allied Chemical, Internacional Business Machines y General Electric han establecido esos programas.

Un código es una declaración de políticas, principios o reglas que guían el comportamiento. Es indudable que los códigos de ética no se aplican sólo a las empresas de negocios; deben guiar el comportamiento de las personas en todas las organizaciones y en la vida diaria.

El simple hecho de exponer un código de ética no es suficiente y la creación de un comité de ética, integrado por directores internos y externos, se considera como algo esencial para la institucionalización del comportamiento ético.

Las funciones de este tipo de comité pueden incluir:

a. Sostener reuniones regulares para analizar aspectos éticos.
b. Hacer frente a las “áreas indefinidas”.
c. Comunicar el código a todos los miembros de la organización.
d. Verificar posibles violaciones a éste.
e. Hacer que se cumpla.
f. Recompensar el cumplimiento y castigar las violaciones.
g. Revisar y actualizar el código.
h. Informar las actividades del comité de consejo de administración.

Fuente: Apuntes de Administración V de la FCA de la UNAM