Tipos de estado

Los tipos de Estado son las distintas formas que una nación puede adoptar para la división o desplazamiento de sus competencias. Hacen referencia a la estructura general de la organización total del país.

Las formas del Estado en cuanto a su estructura y conformación se pueden clasificar en dos grandes grupos: el Estado simple o unitario y el Estado compuesto o complejo.

Estado simple o unitario. Es aquel que tiene una sola soberanía, una sola población y un solo territorio. Se caracteriza porque sus instituciones de gobierno constituyen un solo centro de imputación política. En este tipo de estado, todos los ciudadanos están sujetos a una autoridad única, a una sola jurisdicción nacional, a un solo régimen competencial constitucional y a un orden jurídico común para todos.

Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, pertenecen a una sola instancia, a un solo titular que es el estado mismo. Existe un poder central del cual emanan sus decisiones políticas.

El maestro Burgoa señala que en el estado unitario existe lo que en la doctrina constitucional se llama homogeneidad del poder, o sea, tanto en las instituciones legislativas como en las administrativas, no existen órganos distintos, no existe la dualidad de ámbitos de competencia, sólo la unidad legal.

De lo anterior, podemos concluir que las características del estado unitario son:

– Posee centralización política.
– Existe homogeneidad del poder.
– Los órganos regionales pueden tener cierta autonomía funcional, pero nunca autonomía real de manera amplia.

Estado compuesto o complejo. Es aquel que está formado por un conjunto de estados menores o de divisiones internas donde existe cierta acción y autonomía y el lazo de unión es la federación o la instancia federal, por lo que también es conocido como estado federal.

Este tipo de estado se une manteniendo su independencia o por lo menos conservando partes internas que gozan de cierta autonomía, aunque dichas partes estén unidas por un lazo común.

En un estado federal existe un orden jurídico integral, que está diferenciado en dos jurisdicciones: la federal y la de cada una de las entidades federativas, pero ambas están sujetas a la norma general que es la Constitución, la cual a su vez es la gran distribuidora de las competencias.

En resumen, el estado federal se caracteriza por tener un orden jurídico integral que regula, a la vez, una jurisdicción federal y otra local, y que es o puede ser distinta en cada uno de los estados, pero ambas supeditadas a la Constitución federal.

El estado federal es un pacto federal, con autonomía interna en cada una de las partes integrantes de la federación, lo cual significa que las entidades federativas pueden adoptar, incluso, su propio régimen interior y su propia organización interna política y administrativa.

Aparte del estado federal, también son considerados estados compuestos:

La unión real son monarquías que están unidas en la persona de un mismo monarca y en un mismo gobierno que une el ejercicio del poder.

La unión personal son dos monarquías que tienen un mismo monarca, pero se mantienen los dos gobiernos el uno del otro, los cuales se rigen bajo un pacto de unificación en cuanto al ejercicio del poder.

La confederación es un acuerdo de voluntades estatales para realizar un fin que les puede ser común, sin que se pierda la individualidad, ni mucho menos la soberanía de los estados.

Fuente: Conceptos jurídicos fundamentales de la facultad de contaduría y administración, UNAM.