Elemento subjetivo del acto administrativo

El elemento subjetivo del acto administrativo está integrado por el órgano administrativo que lo emite, que en ejercicio de la función administrativa establece situaciones jurídicas; es decir, crea, modifica, transmite, reconoce, declara o extingue derechos y obligaciones, de manera individual o concreta, y con efectos jurídicos directos.

Para que el acto administrativo tenga validez se debe de contar con dos elementos importantes:

Competencia. Es el conjunto de facultades que un órgano administrativo puede legítimamente ejercer.

Voluntad. Es considerada como el impulso psíquico, un querer, la intención, la actitud consciente y deseada, que se produce en el órgano administrativo, atendiendo a los elementos de juicio que se le aportaron o que recabó en ejercicio de su función.

Elemento formal del acto administrativo

Este elemento está integrado por la observancia del procedimiento prescrito para la elaboración del acto, su expresión y su comunicación a los interesados. Son los medios de producción, de exteriorización de la voluntad y de publicidad del acto.

Fuente: Conceptos jurídicos fundamentales de la facultad de contaduría y administración, UNAM.