Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)

En 1990, cuando el TLCAN era un proyecto, el gobierno en turno argumentaba que «el libre comercio entre México y Estados Unidos sería el motor para lograr el desarrollo económico».

El Tratado de Libre Comercio de América del Norte es un conjunto de reglas en que México, Estados Unidos y Canadá acuerdan vender y comprar productos y servicios; establecen la eliminación de barreras (aranceles e impuestos).

Con el TLC, América del Norte se ha convertido en la región de mayor importancia económica y comercial.

A continuación se presentan los artículos más importantes del TLC.

Artículo 102 (objetivos): Los objetivos del presente Tratado, desarrollados de manera más especifica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de Nación más favorecida y transparencia son los siguientes:

– Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y de servicios entre los territorios de los países que lo conforman. Promover las condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio.

– Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de los países.

– Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en el territorio de cada una de las partes.

– Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias.

– Establecer los lineamientos para la ulterior cooperación trilateral, regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este tratado.

– Las partes interpretarán y aplicarán las disposiciones de este tratado a la luz de los objetivos establecidos en el párrafo primero y de conformidad con las normas aplicables al derecho internacional.

Articulo 103 (relación con otros tratados Internacionales):

A. Las partes que conforman los derechos y obligaciones existentes entre ellas conforme al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio y otros acuerdos de los que sean parte.

B. En caso de incompatibilidad entre tales acuerdos y el presente tratado, éste prevalecerá en la medida de la incompatibilidad, salvo que en el mismo se disponga otra cosa.

Acuerdos concertados

La formación de una zona de libre comercio debe de establecer reglas claras y permanentes para el intercambio comercial, permitiendo el incremento del flujo comercial e inversión: nuevas oportunidades de empleo y mejores niveles de vida.

Para el acceso de los mercados

– Certidumbre, transferencia y acceso preferencial por sus ventajas geográficas, similitud de horario y reducción de los costos de
transporte.

– Existencia de nichos de mercado con alto potencial para la exportación como la agricultura, alimentos y bebidas, construcción,
químicos, etcétera.

– Acceso permanente y seguro de exportaciones mediante la disminución total, pero paulatina de aranceles y barreras no
arancelarias, así como mecanismos justos y expeditos para la solución de la controversia.

– Tratamiento preferencial de bienes originarios de la región con tendencia a promover la competitividad y protección de la industria nacional.

– Eliminación de cuotas por ventas de productos mexicanos. Distinción de productos como el tequila y el mezcal.
Compensación de salvaguarda al país exportador, en su caso.

– Seguridad jurídica para alentar la innovación tecnológica y propiciar el desarrollo de proyectos competitivos.

– Coordinación mejorada de los procesos de producción, distribución y venta de bienes y servicios de la región.

Reglas de origen y procedimientos aduaneros

– Tratamiento preferencial a productos fabricados totalmente en la región, cambio en la clasificación arancelaria y de contenido regional a través de los métodos de valor de transacción o de costo neto.

– Establecimiento de un certificado de origen, con posibilidad posterior de su modificación, previo acuerdo de partes.
– Exigencia de utilizar el idioma del país importador en el certificado de origen, llenado y firmado por el exportador del bien.
– Apego al principio de trato nacional para el cumplimiento de las normas técnicas y métodos.
– Utilización de normas internacionales como marco de referencia, buscando la convergencia futura de los sistemas.
– Existencia de los ámbitos específicos de cooperación que incluyen mecanismos de consulta, intercambio de información y notificación.

Inversión

– Aumento sustancial de inversión privada, doméstica y extranjera, a través de alianzas estratégicas, intercambios tecnológicos y otras formas de asociación y fomento de integración sectorial aumentando la competitividad internacional de la región.

– Promoción de inversión extranjera preponderante en diversos sectores.

– Seguridad y certidumbre para la inversión, bajo principios fundamentales de trato no discriminatorio con respecto a su establecimiento, adquisición expansión y administración; extensión de beneficios otorgados a otros países, no imposición de requisitos que distorsionen el comercio, libertad de transferencia al exterior y convertibilidad de moneda y expropiación de inversiones por causa de utilidad pública de manera no discriminada.

El TLCAN o TLC tenía como finalidad, para el caso de México, que nuestro país se integrase a economías desarrolladas; que tuviera un libre comercio en donde se eliminen las barrearas comerciales; que incrementara la producción de bienes y servicios, dando así una ventaja comparativa para lograr la captación del flujo monetario y tecnológico; que aumentara el gasto de inversión para promover los aumentos en los ingresos salariales con el fin de reactivar el empleo, la entrada de divisas y la fácil transferencia de tecnología.

El producto nacional de México aumentaría entre un 3% y 10% como resultado del TLC como resultado del aumento en las exportaciones.

A continuación se expone un cuadro con algunas de las ventajas y desventajas que ha dejado el TLC a México, como consecuencia de su aplicación hasta la fecha.

Fuente: Apuntes de Macroeconomía de la FCA de la UNAM