Características del juicio de amparo
Es un juicio federal, toda vez que está previsto en la Constitución Federal y en la Ley de Amparo, que es una ley federal expedida por el Congreso de la Unión.
Es un juicio en contra de actos de autoridad, no en contra de particulares. Quien conoce el juicio se limita a verificar si alguna autoridad violó o no las garantías individuales que otorga la Constitución.
La sentencia de amparo no tiene efectos generales. En caso de que se otorgue el amparo y protección de la justicia federal, la sentencia sólo protegerá al particular que haya promovido el juicio.
Para que proceda el amparo deben agotarse todos los medios de defensa que prevén las leyes. El juicio de amparo es el último medio que tiene una persona para defenderse de los actos de las autoridades.
La demanda de amparo tiene un término para presentarse. En caso de que una vez agotados todos los medios de defensa que prevé la ley no se haya presentado la demanda de amparo ante un juez o magistrado en un plazo de 15 días, ya no se podrá hacer valer este medio de defensa. Este plazo tiene tres excepciones:
1. El amparo contra leyes, en cuyo caso se tendrán 30 días para presentar la demanda a partir del día siguiente al de su publicación en el periódico oficial, si la ley afecta al gobernado desde que entra en vigor, si bien podrá hacerlo, asimismo, cuando se le aplique la ley dentro del término general de 15 días.
2. Contra actos que pongan en peligro la vida, la libertad personal, deportación o destierro, en cuyo caso, la demanda de amparo podrá interponerse en cualquier tiempo; o cuando tengan o puedan tener por efecto privar, total o parcialmente, en forma temporal o definitiva, de la propiedad, posesión o disfrute de sus derechos agrarios a un núcleo de población sujeto al régimen ejidal o comunal. En este caso se tendrán también 30 días para promover el amparo.
3. Cuando una persona no haya sido citada a un juicio o procedimiento legal conforme a las formalidades que las leyes establecen, si reside fuera de la República, en cuyo caso se tendrán 180 días para presentar la demanda de amparo.
Fuente: Conceptos jurídicos fundamentales de la facultad de contaduría y administración, UNAM.