Derecho de reversión
En virtud del derecho de reversión, al concluir la concesión, los bienes que se destinaron a la explotación de la misma pasan a ser propiedad del Estado, sin contraprestación alguna al concesionario que, además de haber obtenido utilidades, recuperó su inversión, razón por la cual no puede reclamar indemnización alguna por los bienes revertidos.
La reversión se hace necesaria en tanto que ella permite asegurar la continuidad de la prestación de los servicios públicos, la explotación de bienes del dominio público o de la obra pública, ahora por parte del Estado o de un nuevo concesionario, para que no resulte afectado el interés público. Un ejemplo de ello podría ser la concesión de construir y administrar por un tiempo determinado una autopista.
Fuente: Conceptos jurídicos fundamentales de la facultad de contaduría y administración, UNAM.