Derecho procesal
Derecho procesal, esfera del ordenamiento jurídico constituida por el conjunto de las normas reguladoras de una serie o cadena de actos sucesivos, relacionados entre sí y desarrollados de un modo ordenado —el conjunto de los cuales se llama proceso— y tendentes a la obtención de un pronunciamiento judicial, en particular de una sentencia, y al subsiguiente cumplimiento de dicho fallo.
El proceso varía según que lo discutido ante los tribunales sea un derecho subjetivo privado (proceso civil), una relación laboral (proceso laboral), un acto en el que intervenga la Administración en cuanto tal (proceso contencioso-administrativo) o el esclarecimiento de un delito o falta (proceso penal).
La facultad de los órganos jurisdiccionales del Estado de pedir la aplicación de normas jurídicas a casos concretos, para entender sobre las causas antes descritas y mediante cualquiera de los procedimientos que resulten pertinentes se llama acción.
El derecho procesal considera la existencia de diversos códigos de procedimientos, en los cuales se indica la manera en que deben hacerse cumplir las normas establecidas y cómo deben aplicarse las sanciones correspondientes,
En México, generalmente se utilizan de manera indistinta los términos «juicios» y «procesos«. Durante un juicio, por ejemplo, se puede determinar:
a) La culpabilidad o inocencia de un acusado.
b) Establecer quién tiene la razón en un conflicto por diferencia de intereses.
c) Hacer valer los derechos de personas afectadas por arbitrariedades de la autoridad.
En un juicio intervienen diferentes actores:
– Un juez, quien determina cuál debe ser la solución del conflicto.
– Las partes, el acusador (o demandante) y el acusado (o demandado).
– Los terceros involucrados, que pueden ser testigos o afectados indirectamente.
En nuestro país, el derecho procesal se basa en la premisa constitucional (artículo 17°) de que si la ley nos ofrece la posibilidad de acudir ante los tribunales en demanda de justicia y en defensa de nuestros derechos, ninguna persona puede hacerse justicia por sí misma, ni realizar actos violentos para reclamar sus derechos.
Se relaciona estrechamente con las demás ramas del derecho, pero particularmente con el derecho penal y el civil.
Generalmente, los juicios se enmarcan en dos clases de procedimientos: el civil y el penal. Los de orden civil se relacionan con el conjunto de principios que regulan las relaciones existentes entre los ciudadanos (Código Civil), mientras que los de orden penal, tienen que ver con los delitos y las sanciones derivadas de la violación de las leyes penales (Código Penal).
La administración de justicia en los ámbitos federal y local:
En caso de que cualquiera de nuestras garantías sea violada por alguna autoridad, la Constitución nos brinda un recurso, conocido como Juicio de amparo, por medio del cual la autoridad se verá obligada a reparar o restituir nuestros derechos.
Los propósitos fundamentales del juicio de amparo son:
– Proteger la libertad y la vida del ser humano.
– Proteger las propiedades, posesiones y derechos de las personas.
– Hacer que los tribunales mexicanos interpreten y apliquen la ley con exactitud.
– Brindar protección contra leyes estatales o federales que violen los derechos consagrados en la Constitución.
– Existen dos tipos de amparo: el directo, que se tramita ante los tribunales colegiados de circuito o la Suprema Corte, cuando los actos reclamados son sentencias definitivas dictadas por un juez de distrito, y el indirecto, que se tramita primero en un juzgado de distrito y después ante los tribunales colegiados de circuito o ante la Suprema Corte.
México, existen dos ámbitos de jurisdicción para la administración de justicia: el federal y el local; de esta manera, federación y estados cuentan con sus propios códigos civiles, penales y procesales.