Empresa pública
Por lo que respecta a la empresa pública, ésta es una institución creada exclusivamente con capital de gobierno, pero con las características y la naturaleza de una empresa privada; fue Inglaterra quien inicio este tipo de instituciones por considerar que si una función del gobierno se le organiza con técnicas privadas se obtienen mejores resultados, será de mayor eficacia, eficiencia y óptimo rendimiento; asimismo, para este tipo de organización, los funcionarios y empleados pueden seleccionarse entre personas capacitadas, no necesariamente dentro de los funcionarios públicos; además, se evita el burocratismo y las definiciones administrativas que muchas veces retrasan o entorpecen la actividad gubernamental.
Por supuesto, al igual que las sociedades mercantiles de estado, las empresas públicas se rigen por lineamientos específicos en donde el interés público tiene particular relevancia.
La Constitución Política autoriza la creación de los organismos descentralizados y de las empresas de participación estatal, en conjunto se les denomina sector paraestatal.
Finalmente, tenemos que la persona moral también se encuentra inmersa en el derecho laboral dado que los sindicatos están contemplados dentro de la clasificación que de estas personas hace el artículo 25 del Código Civil.
Fuente: Conceptos jurídicos fundamentales de la facultad de contaduría y administración, UNAM.