Ingresos

Las personas morales acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, bienes, servicio, crédito cualquier otro tipo que obtengan en el ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero.

Ganancia inflacionaria

Es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas.

Otros ingresos acumulables

Se consideran ingresos acumulables los siguientes:

– Ingresos determinados por la SHCP.

– Ingresos en especie. La diferencia entre la parte de la inversión aún no deducida, actualizada según la ley y el valor que conforme al avalúo practicado por persona autorizada por la SHCP tenga en la fecha en que se transfiera su propiedad por pago en especie.

– Diferencia entre inventarios en caso de ganaderos. La diferencia entre los inventarios final e inicial de un ejercicio, cuando el inventario final sea el mayor tratándose de contribuyentes dedicados a la ganadería.

– Beneficio por mejoras que pasan a poder del arrendador. Los que provengan de construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en inmuebles, que de conformidad en los contratos por los que se otorgó su uso o goce queden a beneficio del propietario.

– Ganancia por enajenación de activos, títulos, fusión, escisión, etcétera.

– Pagos por recuperación de un crédito deducido por incobrable.

– Recuperación por seguros, fianzas, etcétera.

– Ingresos por indemnización de seguro del hombre clave. Las cantidades que el contribuyente obtenga como indemnización para resarcirlo de la disminución que en su productividad haya causado la muerte, accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes.

– Intereses y ganancia inflacionaria.

Fuente: Materia de Presupuestos y costos en el diseño gráfico de la Universidad de Londres