IVA pendiente de acreditar
Debe
– Al inicio del ejercicio, por el saldo que se tiene derecho de acreditar (por las adquisiciones a crédito).
– Durante el ejercicio, por las adquisiciones que se efectúan a crédito.
Saldo deudor:
– Representa el importe pendiente de acreditar por adquisiciones a crédito.
Haber
– Por el importe que originen las devoluciones, rebajas o descuentos sobre compra de mercancías o cancelación de servicios a crédito.
– Por cada parcialidad o importe que se pague en efectivo se deberá traspasar a la cuenta IVA acreditable pagado.
Fuente: Contaduría Básica I de la facultad de contaduría y administración, UNAM.