Municipio

Municipio, unidad básica de la administración territorial. El principal elemento de un municipio es la población o colectivo de personas físicas, delimitado de un modo objetivo por la posesión de un vínculo especial de pertenencia y relación con él y se origina por la residencia permanente o circunstancial en el término municipal o circunscripción territorial que lo delimita.

Integran también la población municipal las personas que como tal aparecen en el padrón o registro municipal o en el listado de habitantes elaborado para su medición y control. El calpulli de los aztecas era la organización o barrio donde vivía un grupo de familias que tenían tierras en común, bajo el mando de un dirigente elegido por el grupo.

El jefe del calpulli organizaba la explotación de la tierra e impartía justicia; sus ayudantes o funcionarios se encargaban del cobro de los tributos e impuestos, de dirigir el trabajo de la comunidad, el culto a los dioses y la enseñanza a los jóvenes. A partir de la llegada de los conquistadores españoles a México, se crearon los primeros municipios como instrumentos de dominio militar y político, durante el periodo que duró la conquista.

El primer municipio de México fue instituido por el conquistador español Hernán Cortés en las costas del Golfo de México, en un lugar al que le llamó la Villa Rica de la Veracruz, el 22 de abril de 1519. Una vez terminada la conquista del centro de México, el municipio se convirtió en la base administrativa y política de los gobiernos coloniales.

En la época de la Colonia, los ayuntamientos se encargaban del cuidado de las obras públicas. Se les encomendaba también el cuidado y la vigilancia de los mercados, ventas y mesones y la vigilancia de pesas y medidas, así como todo lo concerniente a las ordenanzas de policía y al orden de los mercados de abasto.

Otras funciones consistían en cuidar que los vecinos pudieran disfrutar en común, en diez leguas a la redonda, de los pastos y montes. Asimismo, era función del Cabildo o ayuntamiento la planeación y la tala de árboles y la adjudicación al mejor postor de los derechos de vender carne y pan.

Las Siete Leyes Constitucionales de 1836, disponía que los ayuntamientos deberían ser electos popularmente y los hubiera en todas las capitales de departamento y en los puertos con cuatro mil habitantes.

Durante el gobierno de Profirió Díaz, quien fue Presidente de la República de 1877 a 1881, y de 1884 a 1911, los ayuntamientos fueron aprobados en partes administrativas llamadas partido, distrito, jefatura o cantón. Los dirigentes de estas partes fueron los jefes políticos que eran agentes de Díaz, a las órdenes de los gobernadores.

La época revolucionaria, Venustiano Carranza promulgó la Ley del Municipio Libre el 25 de diciembre de 1914. Esta Ley es antecedente inmediato del artículo 115 de la Constitución Política de nuestro país.

Es así que constitucionalmente se reconoce la libertad y autonomía del municipio, otorgándole la posibilidad de administrar libremente sus recursos, y tomar con total independencia sus decisiones en la política.

Actualmente, el municipio es la base de la organización política y administrativa del país y sus actividades, derechos y obligaciones se reglamentan en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. También la Constitución señala que cada municipio será administrado por el ayuntamiento de elección popular y no habrá ninguna autoridad entre el municipio y el gobierno del estado.

El municipio está gobernado por el ayuntamiento, representado por un presidente municipal, máxima autoridad elegida por el pueblo, en forma directa y es renovado cada tres años, por uno o varios síndicos y varios regidores.

Al presidente municipal le corresponde hacer cumplir las leyes federales, obligatorias para todo el país; estatales, con aplicación en el estado y municipales, es decir, aquellas que se aplican únicamente en el territorio del ayuntamiento. El presidente municipal debe presentar cada año un informe a toda la población del municipio sobre las actividades realizadas.

El síndico encabeza la comisión de Hacienda encargada de aprobar las cuentas del municipio. Los regidores se encargan de diversos asuntos administrativos y técnicos.

En cada ayuntamiento deben funcionar comisiones de salud, ecología, turismo, transporte, educación, mercados y deporte. A la reunión formal de trabajo de los funcionarios del ayuntamiento se le llama cabildo.

El municipio se divide en cabecera municipal, que es el lugar donde reside el gobierno del municipio; delegaciones que se establecen en ciudades y subdelegaciones que se ubican en pueblos o rancherías.

El municipio recibe ingresos del pueblo que gobierna; mismos que se obtienen de licencias y permisos comerciales; impuestos de predial, luz, alcantarillado y multas, entre otros.

El gobierno municipal tiene la obligación de prestar servicios como agua potable, alumbrado público, limpia, mercados y centros de abasto, panteones, calles, parques y jardines y seguridad pública, entre otros.