Normas jurídicas
Las normas jurídicas consisten en una obligación que el hombre debe cumplir dentro de la sociedad. Poco importa su voluntad, ya que es indiferente que esté o no de acuerdo en acatarlas, pues la característica principal de estas normas es la obligatoriedad y la posibilidad que tiene la autoridad de hacerlas cumplir por medio de la fuerza, esto es, mediante la coacción.
Las normas jurídicas se caracterizan pues, por ser heterónomas, bilaterales, externas y por supuesto coercibles.
Al señalar las características de las diversas clases de normas es necesario mencionar el significado de las palabras empleadas para tal efecto:
1. Autonomía: El cumplimiento de la obligación depende de la voluntad
propia del obligado.
2. Heteronomía: El cumplimiento de la obligación depende de la voluntad ajena al obligado.
3. Unilateralidad: Frente al cumplimiento de una obligación no existe el ejercicio de un derecho.
4. Bilateralidad: Frente al cumplimiento de una obligación hay el ejercicio de un derecho.
5. Interioridad: Que el deseo de cumplir la norma sólo existe en el “yo” interno del individuo. Cumple por convicción.
6. Exterioridad: Que un deseo bueno o malo salga del “yo” interno, por medio de la palabra o de la acción; la norma se refleja en el exterior, es conocida por todos
7. Incoercibilidad: Para el cumplimiento de la norma no se puede hacer uso de la fuerza, sino que debe hacerse de manera espontánea.
8. Coercibilidad: Para el cumplimiento de la obligación se puede hacer uso de la fuerza.
Fuente: Conceptos jurídicos fundamentales de la facultad de contaduría y administración, UNAM.