Organización familiar

Todas las familias tienen una forma de organización, sus integrantes se distribuyen las actividades, se asignan responsabilidades, se fijan horarios y se establecen reglas y normas que regulan la convivencia familiar. Para el caso de México, la Constitución establece normas generales que rigen la organización y protección de la familia. En el artículo 4° constitucional se expresa que:

– El varón y la mujer son iguales ante la ley.
– La ley protegerá la organización y desarrollo de la familia.
– Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos.
– Toda persona tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa.
– Es deber de los padres preservar el derecho de los menores a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental.

En los códigos civiles es común establecer una serie de normas generales que nos orientan en el deber ser de la organización familiar; entre ellas están: la obligación de los esposos de contribuir, cada uno por su parte, a los fines del matrimonio y ayudarse mutuamente, el derecho de los esposos de disfrutar ambos de autoridad propia y consideraciones iguales; y el derecho a decidir el número y espaciamiento de los hijos.

Los derechos y obligaciones que surgen del matrimonio serán siempre iguales para el esposo y la esposa e independientes de su aportación económica en el hogar.

En un matrimonio, el hombre y la mujer deben resolver de común acuerdo todo lo relativo a la conducción del hogar, a la formación y educación de los hijos y a la administración de los bienes que posean.