Signo Natural
Los signos naturales son signos que no tienen un productor humano. Su reconocimiento está dependiente en forma directa del estado de la ciencia en el momento en el que se lo considera.
Su cualificación se fijará según el grado de información científica de su intérprete. Los signos naturales, puesto que constituyen signos, presuponen una conexión entre el signo que representa y un objeto determinado que está representado.
Sin embargo esta conexión queda establecida por la naturaleza sin la menor intervención humana; se sitúa en el mundo físico, exclusivamente, y el intérprete no hace más que constatar ese hecho. Ahora bien, en nuestra concepción del signo, damos a esta conexión valor de institución.
Para justificar nuestra pretensión de edificar una semiótica general, es necesario que los signos naturales puedan incorporarse en la concepción general enunciada y para esto hay que analizarlos de manera más precisa.
Para comenzar, no hay que dejarse enceguecer por los ejemplos de escuela (humo/fuego, nube/lluvia) cuyo carácter de evidencia oculta la complejidad de las relaciones reales entre los dos términos, ya que el saber empírico de cada uno permite economizar el saber científico.
Por ejemplo, el problema es absolutamente distinto si se considera el par marea/luna.
En efecto, ver en la marea un signo de la luna presupone un conocimiento de las leyes de gravedad que no está dado por la experiencia común.
Sin embargo, la conexión entre la marea y la luna es absolutamente equivalente a la que existe entre una nube negra y la inminencia de la lluvia.
Ahora bien, en cuanto a lo de las mareas, es sabido que no siempre se las atribuye a la influencia de la luna. Esto significa que la noción de signo natural está estrechamente ligada al estado de la ciencia en el momento de la interpretación y a la relación que el intérprete mantenga con la ciencia de su tiempo.
Puede considerarse que, más allá de la generalización espontánea efectuada por los actores sociales en los campos más prosaicos de su experiencia es, de hecho, la comunidad científica de una época determinada la que garantiza la realidad de las conexiones que caracterizan a los signos naturales. En ese sentido, esta comunidad puede considerarse como productora de esos signos.
Se puede entonces insertar a los signos naturales en el derecho común, considerando que su productor es la comunidad científica en su conjunto en lugar de un individuo. Esto lleva a considerar al saber científico como un haz de instituciones que vincula los fenómenos naturales a ciertos objetos.
Estas relaciones las establecen teóricos que tienen como función describir las fenomenologías observadas. A partir de esto, ya nada impide definir a los fenómenos semióticos. entre ellos los signos naturales, en términos de comunicación.
En todos los casos debemos de evaluar y formalizar la posición de un intérprete respecto de una institución social ya existente, que conecte representante y representado, signo y objeto.
El caso de los signos naturales se distinguirá sólo por el hecho de que el productor virtual es la institución misma.
Fuente: Apuntes de Semiótica de la U de Londres