Venta de la energía producida en instalaciones conectadas a la red
La red suministra electricidad a los usuarios según la demanda instantánea. Esta se acostumbra a reflejar en la curva de carga diaria, como la que se muestra en la figura adjunta.
Observamos que existen dos zonas claramente diferenciadas:
– Horas valle, corresponden a las de la noche, después de las 24 horas, en las cuales han cesado muchas actividades, tanto domésticas como industriales o de servicios.
– Horas punta, corresponden a dos periodos de máxima actividad: mediodía y el inicio de la noche, en ambos casos hay una fuerte componente de demanda en usos domésticos y servicios.
El sistema general de generación y distribución a través de la red, ha de disponer de elementos de producción o almacenamiento que garanticen el suministro de esas demandas de electricidad, y satisfacer esas puntas representa grandes costes de inversión y explotación.
Las instalaciones fotovoltaicas pueden representar una contribución para atender una de esas puntas, la correspondiente al mediodía; dado que es a esas horas cuando se recoge y transforma más energía del Sol en electricidad. Por tanto, además de las razones ambientales, hay razones estructurales del propio sistema eléctrico, que justifican los sistemas fotovoltaicos.
Actualmente, la demanda de electricidad tiende a crecer al mediodía, especialmente en los meses del verano. A medida que aumenta el nivel de vida, se incrementa la utilización de los sistemas de refrigeración y aire acondicionado, tanto en viviendas como en edificios de uso público: centros de salud, oficinas, hoteles, etc. Es precisamente en esta época, cuando la electricidad fotovoltaica se muestra más eficiente.
La demanda social a favor de la energía fotovoltaica se ha traducido en el establecimiento de normativas que priman el vertido a la red de toda la electricidad generada con sistemas fotovoltaicos.
Las primas aplicables a la electricidad generada por los sistemas fotovoltaicos varían según la potencia de las instalaciones:
– Las instalaciones de menos de 5 kWp de potencia reciben una prima de 60 ptas/kWh (0,360607 €) sobre el valor de subasta de la electricidad en la red. Sumándole el precio medio del kWh del mercado, se puede considerar que esto significa vender la electricidad vertida a la red a 66 ptas/kWh (0,396668 €).
– Las instalaciones de más de 5 kWp de potencia reciben una prima de 30 ptas/kWh (0,180304 €) sobre el valor de subasta de la electricidad en la red. Sumándole el precio medio de la energía determinado por el mercado, puede considerarse un precio de venta de la electricidad vertida a la red de 36 ptas/kWh (0,216364 €).
Así mismo para fomentar estas aplicaciones las Administraciones Públicas establecen ayudas a fondo perdido a la inversión inicial.
Para el cálculo de la prima, se considera como potencia de la instalación fotovoltaica o potencia nominal, la suma de las potencias de los inversores instalados.
Fuente: Guía técnica de aplicación para instalaciones de energías renovables del Gobierno de Canarias