Definición de auxiliar tecnológico en la reglamentación francesa
Actualmente no hay una definición reglamentaria de auxiliar tecnológico, pero la práctica de este término y el proyecto en curso de elaboración de un Decreto, tienden a la siguiente definición:
«Se entiende por auxiliar tecnológico toda sustancia utilizada intencionadamente para la preparación de alimentos y bebidas destinados a la alimentación del hombre, de sus ingredientes o en la transformación de materias primas en productos intermedios. Esta utilización podrá afectar a la presencia de trazas, técnicamente inevitables, de dicha sustancia o de sus derivados en el producto final.»
Las diferencias fundamentales entre aditivo y auxiliar tecnológico son las siguientes:
a) El auxiliar tecnológico se usa a título utilitario únicamente en un proceso de fabricación.
b) Su papel es pasajero no permanente.
c) No se encuentra en el producto acabado o a lo sumo trazas.
Fuente: Análisis del proceso de los alimentos de la UNIDEG