Periodo independiente (1810 — 1876) de la época colonial
Este periodo se inicia con la insurrección de Hidalgo en contra del dominio español en México (1810) y termina con la llegada de Porfirio Díaz a la Presidencia (1876). Se caracterizó por un estancamiento económico general.
Fueron dos factores los que contribuyeron a dicho estancamiento económico. El primero fue lo destructivo de las guerras mismas; los ejércitos, guerrilleros y bandidos que desató el conflicto, prácticamente destruyeron la industria m inera sobre la cual se basaba una gran parte de la economía colonial, arrasaron el México agrario y provocaron una fuga de capital de grandes proporciones, así como la huida de muchos españoles a su patria.
El segundo factor fue la prolongada etapa de inestabilidad política que acompañó a la independencia. El sistema político mexicano tuvo una gran inestabilidad ya que durante sus primeros 50 años de independencia los asuntos del país fueron dirigidos por varios gobiernos.
Treinta diferentes hombres actuando como presidentes, dos guerras con Francia y una con los Estados Unidos provocaron una caótica situación económica.
Para su desarrollo, el país necesitaba urgentemente mejorar el sistema de transportes. En 1820 México poseía tres carreteras principales muy deterioradas, lo que hacía prohibitivos los costos de transporte de los productos agropecuarios. Por ejemplo, en una época en que el algodón se vendía a $0.151 a libra en los mercados de EAU,. el productor veracruzano tenía que gastar $0.13 por libra para llevar su fibra del campo al comprador.
Los gobiernos eran incapaces de proporcionar una red adecuada de caminos. Por lo tanto, el país se encontraba prácticamente fragmentado en miles de comunidades.
Se carecía también de un sistema ferroviario que hubiera cambiado esta situación. En 1860 México poseía tan sólo 24 Km. de vías férreas utilizables.
Otro factor que impedía el crecimiento económico era la estructura del sistema fiscal mexicano.
Antes de la guerra de Independencia los indígenas tenían, en general, su casa y solar cerca de sus tierras de labranza. Al repartirse las tierras éstas quedaban lejos de sus casas, por lo que muchos de ellos prefirieron trabajar como jornaleros en las propiedades cercanas, descuidando sus tierras y sufriendo la explotación y agresión de los latifundistas.
Con la Constitución de 1857 se consagraron los derechos individuales, se destruyeron las comunidades indígenas y se preparó todo para el nacimiento del latifundista.
Aparece la Ley de Desamortización del 25 de junio de 1856 cuya finalidad era liberar las propiedades del clero sometidas a mano muerta, o sea darles movimiento y libre circulación a las propiedades, superficies de corporaciones civiles y religiosas que hasta ese momento se habían mantenido estacionarias.
De esta manera se trataba de formar la pequeña propiedad mediante la adjudicación a arrendatarios que pagaban a dichas corporaciones una renta anual. Es decir, que éstos al cubrir el valor de la renta se convertían legalmente en propietarios de las tierras y al mismo tiempo se privaba a dichos organismos de su capacidad legal para adquirir o administrar por sí bienes raíces.
Los únicos beneficiados con esta ley fueron los que contaron con recursos para adquirir lo que legalmente se ponía a su alcance. Además de la Ley de Desamortización estaba el artículo 27 constitucional que decía que la propiedad de las personas no puede ser ocupada sin su consentimiento, sino por causa de utilidad pública y previa indemnización.
Este artículo permitió que a los grandes latifundistas de la época no se les afectasen sus propiedades. Así, en vez de resolver el problema de la tenencia de la tierra lo agravó, no obstante las buenas intenciones de los legisladores, ya que propiciaron la formación de grandes latifundios, lo que posteriormente dio origen a la dictadura porfirista.
Desaparecieron las propiedades rústicas y urbanas d el clero, pero fueron a parar a manos de hacendados que vieron así ensanchados sus dominios. Muchas de las tierras comunales y ejidos sufrieron los efectos de la ley.
Durante el gobierno de Benito Juárez continuaron lo s problemas de tenencia de la tierra, lo que da origen a la Ley del 20 de julio de 1863 sobre ocupación y enajenación de terrenos baldíos que concede a todos los habitantes del país el derecho a denunciar y adquirir una extensión de tierras hasta de 2 500 Has. dando a los adjudicatarios facilidades de pago con el Fin de fomentar las pequeñas y medianas propiedades. Desgraciadamente esta ley no tuvo el efecto esperado a causa de las condiciones de lucha que imperaban en el país.
La Iglesia Católica, poseedora hasta de las dos quintas partes de la riqueza de la nación, fue despojada de sus propiedades territoriales por las leyes de 1857. Estas propiedades, a su vez, se convirtieron en el núcleo de las grandes haciend as privadas que surgieron a consecuencia de las confiscaciones, y a ellas se añadieron las tierras comunales de las aldeas indígenas.
La famosa Ley Lerdo de 1856 negaba a las corporaciones, tanto civiles uno eclesiásticas, el derecho a poseer bienes raíces. Pero esa ley se interpretó en el sentido de que todas las propiedades comunales indígenas se debían entregar en forma privada a cada uno de los miembros del poblado.
Mediante la aplicación de esas leyes los liberales esperaban crear una clase de granjeros acomodados, pero el resultado fue que unos cuantos eran los que obtenían los máximos beneficios.
Al darse cuenta de ello el régimen de Juárez, se suspendió la aplicación de la ley con respecto a las secciones agrícolas de los ejidos. Sin embargo, Porfirio Díaz dio instrucciones a los gobernadores de los Estados para que aplicaran la ley con toda exactitud, y los poblados se vieron despojados de los últimos restos de protección legal.
Fuente: Apuntes de Producción Agroindustrial de la Unideg